Notario para testamentos en Córdoba
La Notaría Rodríguez-Poyo, lleva más de 25 años facilitando la gestión a la hora de hacer testamento en Córdoba. En nuestra notaría, contamos con un experto notario para hacer testamento, que te asesorará en tu caso particular, intentando proceder de la manera más beneficiosa para ti.
Testamento vital
Se trata de un acta a través de la cual una persona manifiesta que si por razón de una enfermedad o un accidente se produce una situación de especial gravedad, no sea mantenido vivo con mecanismos artificiales y se le deje morir dignamente.
Cada vez se hace más en la práctica, incluso hay un registro de este tipo de documentos que puede ser consultado por los médicos, lo cual tiene mucho interés especialmente para los donantes de órganos.
Si tu deseo es hacer un hacer testamento vital en Córdoba y buscas un equipo de profesionales que trate con el cuidado y delicadeza que merece este asunto, debes acudir a una notaria que te ayude a ordenar tus últimas voluntades de cara a la sucesión.
Declaración de Herederos
Cuando una persona fallece sin testamento es necesario hacer una declaración de herederos, siendo competente el notario cuando van a ser declarados descendientes, ascendientes, cónyuge o colaterales hasta el cuarto grado.
El notario que debe hacer la declaración de herederos será el del lugar del último domicilio del causante, por lo que habrá que aportar: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades (aunque este lo solicitamos desde la notaria telemáticamente), certificado de empadronamiento, libro de familia y dos testigos.
En la Notaría Rodríguez-Poyo encontrarás un equipo cualificado que te tratará con el máximo respeto y sensibilidad en estos momentos tan personales, como es él otorgó de un testamento abierto. No te preocupes por la conservación del documento, ya que en nuestros archivos conservaremos el testamento abierto para que así desaparezca el peligro de que pueda destruirse o perderse su contenido.
Testamento Online
Las nuevas formas de comunicación que nos ofrecen las tecnologías que tenemos a nuestro alcance posibilitan una mayor rapidez en todos los trámites que tengamos que hacer, ya sean para documentos públicos como privados. Más allá de lo que puedas leer en muchas páginas web que ofrecen la posibilidad de redactar un testamento telemático, en la legislación española no está reconocido el testamento online, es decir, no tiene ninguna validez jurídica o legal la simple redacción de un documento en la que reflejes tus últimas voluntades y que tenga la apariencia de un testamento.
Testamento Mancomunado
El testamento mancomunado no es una práctica válida en España, ya que el Código Civil así lo establece. Pero no te preocupes, porque hay fórmulas para salvar esta situación, que es más común de lo que parece cuando un matrimonio acude a nuestras oficinas para otorgar testamento de forma conjunta. Sin embargo, la práctica de testamento mancomunado está permitida por la legislación foral de determinadas Comunidades Autónomas.
Testamento ológrafo en Córdoba
En nuestro despacho te informaremos de los requisitos legales para su validez, y para que no pueda cuestionarse su validez o falsificarse, en nuestro archivo lo podremos conservar, ofreciéndote para ello la máxima diligencia y profesionalidad, ya que somos conscientes de la importancia que tienen para ti estas últimas voluntades que se contienen en él. Tú mismo podrás redactar el testamento ológrafo sin la intervención de ningún profesional, ya que es el redactado a mano por el propio interesado. Pero como profesionales del Derecho, la Notaría Rodríguez-Poyo te ofrecerá esa información básica y esencial de los requisitos necesarios para otorgarlo, para que puedan cumplirse de la forma más eficaz tus últimas voluntades.
Nombramiento de Tutor
En caso de tener hijos menores de edad o con algún tipo de discapacidad, el testamento nos debe servir para poder decidir quién queremos que sea la persona que se ocupe de ellos para el caso de faltar nosotros. Pensemos que nadie está exento de poder tener un accidente o una grave enfermedad, y para estos casos la ley nos brinda la posibilidad de ser nosotros los que decidamos, quienes creemos que pueden ser los mejores representantes legales de nuestros hijos.
Reconocimiento de Hijos
El testamento también es el vehículo idóneo para poder llevar a cabo el reconocimiento de un hijo que, por el motivo que sea, no se ha querido llevar a cabo en vida. Es interesante esta última posibilidad que nos concede la ley, ya que saldrá a la luz una vez el testador ha fallecido, produciendo los mismos efectos jurídicos que si se hubiera hecho en vida.
Fe de Vida
Es habitual en la actualidad que para renovar el cobro de alguna pensión de viudedad o de cualquier otro tipo, se exija por parte de la administración competente que se justifique que el perceptor está vivo. Esto se hace a través de la fe de vida, que no es más que una comparecencia ante notario para que este de fe de que esa persona vive.